Muchos ETF se presentan como sostenibles. Las normas de la UE y la metodología de los índices subyacentes ayudan a interpretar esa información.
El reglamento de divulgación (SFDR)
El Reglamento (UE) 2019/2088 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros (SFDR) se aplica desde el 10 de marzo de 2021. Las normas técnicas de regulación complementarias (Reglamento Delegado (UE) 2022/1288), con plantillas estándar, se aplican desde el 1 de enero de 2023. El SFDR es una norma de divulgación: establece qué deben publicar los proveedores sobre sostenibilidad, no cuán sostenible debe ser un fondo.
| Categoría | Descripción |
|---|---|
| Artículo 6 | Todos los fondos: divulgar cómo se tienen en cuenta los riesgos de sostenibilidad o por qué no son relevantes. |
| Artículo 8 | Fondos que promueven características medioambientales o sociales; las empresas participadas deben seguir prácticas de buena gobernanza. |
| Artículo 9 | Fondos que tienen como objetivo inversiones sostenibles. |
Coloquialmente se llama «verde claro» a los fondos del artículo 8 y «verde oscuro» a los del artículo 9. No son términos oficiales.
Lo que la clasificación no es
- No es un sello de calidad: es el propio proveedor quien clasifica el fondo. Los requisitos dentro del artículo 8 van desde unas pocas exclusiones hasta reglas de selección estrictas.
- No es permanente: en el pasado varios proveedores reclasificaron fondos, por ejemplo del artículo 9 al 8, cuando se aclararon cuestiones de interpretación.
- No dice nada sobre la rentabilidad: si los fondos sostenibles rinden más o menos que el mercado a largo plazo es objeto de debate en la investigación.
El SFDR se está revisando a nivel de la UE; se aplica la versión vigente. Además, la ESMA ha publicado directrices sobre los nombres de fondos que usan términos ESG o de sostenibilidad, que prevén, entre otras cosas, porcentajes mínimos y exclusiones.
Tipos de índices ESG en los ETF
En un ETF, el índice determina qué empresas se incluyen. Variantes habituales:
- ESG Screened / ESG Enhanced: se eliminan del índice de partida determinados sectores o empresas (p. ej., armas controvertidas, carbón térmico, tabaco). La composición suele ser muy similar a la del índice de partida.
- SRI / best-in-class: en cada sector solo se incluyen las empresas con mejores calificaciones ESG, a menudo con exclusiones más estrictas. Se reduce el número de valores y aumenta la desviación respecto al mercado.
- Índices de referencia de transición climática de la UE (CTB) y armonizados con el Acuerdo de París (PAB): índices climáticos de la UE conforme al Reglamento de índices de referencia. Las normas mínimas (Reglamento Delegado (UE) 2020/1818) exigen, entre otras cosas, una intensidad de gases de efecto invernadero al menos un 30 % (CTB) o un 50 % (PAB) inferior a la del universo invertible y una descarbonización anual de al menos el 7 %; los índices PAB excluyen además empresas con determinados porcentajes de ingresos procedentes de combustibles fósiles.
Las calificaciones ESG de distintos proveedores a menudo coinciden solo en parte. La misma empresa puede obtener una buena nota con uno y una media con otro.
Qué revisar en un ETF sostenible
- Leer la metodología del índice: qué exclusiones se aplican, con qué umbrales de ingresos y qué calificaciones guían la selección.
- Revisar las posiciones: las mayores muestran si el fondo encaja con sus expectativas.
- Leer la información precontractual (anexo SFDR): características, porcentaje de inversiones sostenibles e indicadores considerados.
- Valorar la desviación respecto al mercado: el reparto por sectores y países puede diferir mucho del índice de partida.
- Comparar costes: las variantes ESG no siempre tienen la misma TER que el índice estándar.
Actualmente indexfonds.eu no muestra puntuaciones ESG porque no disponemos de datos con fuente y fecha verificables. Prevalece la información de los proveedores de fondos e índices.